Bueno serian varias las formas desde la tradicional suspensión familiar ( suspensión pagos por vía judicial ) siempre mejor que dejar que el banco nos embargue y posteriormente nos subaste la casa al mejor postor ( quien da mas,, ) puede ser esta, la otra según decreto ley por el anterior gobierno de Zapatero ( psoe ) es que existen una serie de normas que pueden , ( cumpliendo algunos requisitos ) como estar en paro, situación de crisis demostrada, ... no tener una hipoteca superior a 170.000 euros, se puede aplazar las cuotas hasta 24 meses por el efecto carencia bancaria, ( tanto si el banco quiere como si no ) mediante aval del ICO , ( banco del Estado ) .
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